Defensor Pueblo Español

INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN POR PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DESDE CUALQUIER OFICINA DE CORREOS DE ESPAÑA SI NUNCA SE HA PRESENTADO UNO.



1- Personalizar datos, firmar, y sacar fotocopia por duplicado de la carta. Fotocopiar la denuncia que quieras adjuntar a la carta.

2- Acudir a la ventanilla de correos con sobre abierto y decir que se quiere presentar
“por procedimiento administrativo”

3- En ventanilla te sellarán en las dos fotocopias de la carta, una vez cotejen que los duplicados son idénticos. Una de las copias selladas de la carta la meterás en la carta, junto con la copia de la denuncia formal de la desaparición, en ese momento te pedirán que cierres el sobre (la otra copia sellada de la carta te la quedas tu, es tu prueba de que has presentado el procedimiento administrativo, guárdala bien!).

4- El resto es exactamente igual que una carta certificada, y cuesta exactamente igual que una carta certificada.


Nota aclaratoria 1:
Un procedimiento administrativo se considera formalmente presentado a todos los efectos desde el mismo momento en el que te ponen el sello de correos como si se estuviese en el registro de la propia institución, en este caso el Defensor del Pueblo; además hace prueba ante cualquier administración y ante cualquier tipo de procedimiento posterior en el que pueda ser utilizado, es un instrumento protegido por la ley de administraciones públicas y procedimiento administrativo común.

No te merece la pena hacer presentación por mail, mensajería privada o similar. Hazlo así.


Nota aclaratoria 2:
Recuerdo que para esto es indistinta la situación penal del caso, esté archivado, no archivado, digan que está prescrito, no o lo que quieran. Esta acción nada tiene que ver con lo penal. No se trata de la sanción debida del culpable, no lo permite la Ley Orgánica reguladora de la Defensora. Aquí se trata "sólo" de activar la búsqueda y restitución de la persona (es decir, materialmente lo más importante de todo en términos absolutos). Por eso sólo importa que NADIE esté buscando a vuestro familiar desaparecido. Cuando así sea presentad esa carta+ copia de la denuncia por procedimiento administrativo.

Por poner un ejemplo, a mediados de enero podremos preguntar ya - por procedimiento administrativo, siempre, - por las gestiones ya realizadas por la Defensora del Pueblo de España respecto la lista de todos los casos presentados antes del término de noviembre; y ello por haber pasado ya al menos un mínimo de un mes y medio, tiempo para que se hayan dirigido ya al Ministerio, etc, pidiendo respuestas concretas por el estado de búsqueda y concretas gestiones que se han realizado al respecto. El mero hecho de tener esa respuesta de los distintos Ministerios, negro sobre blanco - respuesta que está obligado a dar a la Defensora según indica su Ley Orgánica - es algo que ya merece la pena con miras a lo internacional.

 

 PARA EL MODELO DE SOLICITUD PIDELA EN cadiz@sosbebesrobados.es